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POLITICA COMERCIAL E INDUSTRIA

El Gobierno prorrogó la eliminación de las retenciones al acero, aluminio y derivados

La exención del derecho de exportación se extendió hasta el 31 de marzo de 2026 y alcanza a productos que se envían a países con aranceles de importación iguales o superiores al 45%.

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31 dic, 2025 11:28 a. m. Actualizado: 31 dic, 2025 11:28 a. m. AR
El Gobierno prorrogó la eliminación de las retenciones al acero, aluminio y derivados

El Gobierno nacional prorrogó por tres meses la eliminación temporal de las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y productos derivados, mediante el Decreto 726/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.



La normativa, analizada por la Agencia Noticias Argentinas, extendió hasta el 31 de marzo de 2026 la exención del Derecho de Exportación para una serie de productos vinculados a los sectores del acero y el aluminio que se exporten a países que aplican a esas mercaderías un arancel de importación ad valorem igual o superior al 45%.



La medida había sido dispuesta a comienzos de octubre y tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025. Con la prórroga, el beneficio se mantendrá hasta finales de marzo o hasta que se formalice una reducción del arancel de importación por debajo del 45%, lo que ocurra primero.



Al fundamentar la decisión, el Poder Ejecutivo señaló que la Argentina cuenta con capacidades productivas relevantes en los sectores de aluminio y acero, los cuales revisten carácter estratégico dentro de la estructura industrial del país por su aporte a las exportaciones, el empleo y la generación de valor agregado.



En ese sentido, el decreto recordó que en los últimos años se verificaron prácticas de diversos países que, mediante la aplicación de aranceles de importación ad valorem de magnitud significativa, restringen el acceso de los productos de aluminio y acero al comercio internacional, configurando una forma de proteccionismo que afecta de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas.



Respecto de la prórroga, el texto oficial indicó que resulta necesaria para mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino derivados de las medidas de protección adoptadas por otros países, al considerar que aún subsisten condiciones que afectan de forma directa la competitividad de las exportaciones nacionales de aluminio y acero.



Productos alcanzados por la exención temporal



Entre las posiciones arancelarias comprendidas en la eliminación transitoria de retenciones se encuentran:

  • 72.08: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura igual o superior a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.

  • 72.09: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura igual o superior a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.

  • 72.10: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura igual o superior a 600 mm, chapados o revestidos.

  • 72.11: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.

  • 72.12: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.

  • 72.24: Los demás aceros aleados en lingotes u otras formas primarias; productos intermedios de los demás aceros aleados.

  • 72.25: Laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura igual o superior a 600 mm.

  • 72.26: Laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm.

  • 73.04: Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o acero.

  • 76.01: Aluminio en bruto.

  • 76.04: Barras y perfiles de aluminio.

  • 76.05: Alambre de aluminio.

  • 76.06: Chapas y tiras de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm.

  • 76.07: Hojas y tiras delgadas de aluminio, de espesor inferior o igual a 0,2 mm.

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